Por la Democracia Directa

La Asamblea de Pozuelo aprueba y se adhiere al texto de petición llevado por la web de Por la Democracia Directa

http://porlademocraciadirecta.org

 

Texto de la petición:

AL PARLAMENTO O ASAMBLEA LEGISLATIVA … (Nombre oficial de la institución autonómica)

LAS PERSONAS ABAJO FIRMANTES, al amparo del artículo 29 de la Constitución española de 1978 que reconoce el derecho fundamental de petición colectiva, y de acuerdo con lo previsto por la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, SOLICITAMOS QUE, en el ejercicio de sus competencias constitucionales, remita a la Mesa del Congreso de los Diputados una proposición para la reforma de los artículos 87.3, 92 y 166 de la Constitución de manera que:

  1. se supriman los límites materiales que impiden el ejercicio de la iniciativa legislativa popular en materias propias de ley orgánica, tributarias o de carácter internacional y en lo relativo a la prerrogativa de gracia,
  2. el referéndum previsto en el artículo 92, además de sobre cuestiones políticas de especial trascendencia, pueda versar, tal y como contemplaba el Anteproyecto de Constitución, sobre las leyes votadas por las Cortes Generales y aún no sancionadas, y la derogación de leyes en vigor. También que el referéndum pueda ser solicitado por 500.000 personas y que el resultado sea vinculante si ha participado en la votación la mayoría de quienes tengan derecho a hacerlo y si lo aprueban por mayoría de los votos válidamente emitidos,
  3. la ciudadanía pueda, en número de 500.000 personas, promover la reforma de la Constitución.

Solicitamos que una vez aprobada esta reforma por las Cortes Generales se someta a referéndum de acuerdo con lo previsto en el artículo 167 de la Constitución.

Finalmente pedimos que la contestación a esta petición se inserte en el diario oficial que corresponda.

A efectos de eventuales notificaciones, se solicita que se remitan a…(Nombre y direccion de correo de la persona encargada de recibir las notificaciones)

De acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, se informa que los datos aquí incluidos no se destinan a un fichero organizado y su uso se agota en la entrega de firmas para el ejercicio voluntario y colectivo del derecho de petición promovido por las Asambleas que la respaldan (http://porlademocraciadirecta.org/¿quienes-somos/). Los datos (nombre, documento identificativo, firma y nacionalidad) son los mínimos exigidos por la Ley Orgánica 4/2001, que regula el derecho de petición, y se entregarán en el PARLAMENTO O ASAMBLEA LEGISLATIVA … (Nombre oficial de la institución autonómica), que será el único tercero al que se cederán dichos datos, como destinatario de la petición. El responsable de su custodia y entrega es… (Nombre y direccion de correo de la persona encargada de recibir las notificaciones).

 

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